Edicto No. 0801-2021-00050 — Demanda Contenciosa Administrativa - EMPRESA ENERGIA HONDURAS S.A DE C.V. contra Estado de Honduras
Resumen
Este edicto notifica un juicio administrativo donde una médica empleada del Estado demanda al Ministerio de Salud por no resolver su solicitud de aumento salarial. Busca que se declare nula la negativa y se ordene el pago de salarios, bonificaciones y beneficios retroactivos desde 2013, según las leyes que protegen a médicos empleados.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: que en fecha veintiocho (28) de enero de dos mil veintiuno (2021), compareció a este Juzgado la Abogada DALIS DASSAELA REYNAUD REYES, en su condición de representante procesal de la señora DORIS YOLANDA ORDOÑEZ CHIRINOS, incoando demanda en materia ordinaria, con numero 0801-2021-00128 contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, incoando demanda en materia ordinaria. Para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario y pago complementario de bonificación. Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste del mismo conforme lo establece la Ley del Estatuto Médico Empleado en relación con la ley de Reordenamiento del sistema retributivo del Gobierno Central, incremento de salario bienal del 3.5%, reajuste y pago de salarios, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir del 1 de enero del 2013, hasta la fecha de jubilación, pago de complemento de bonificación concedida según el artículo 47 del Estatuto del Médico Empleado con relación a las disposiciones contenidas en el articulo 120 reformado del Código de trabajo, en consonancia con lo que manda el 8 numeral 5 de la Ley del Estatuto Medico Empleado. Intereses. Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 8 M. 2021.
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M . D . C . , 8 D E M A Y O D E L 2021 N o . 35,593 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), compareció ante este tribunal el ISRAEL CONTRERAS RIVERA, incoando demanda Contencioso Administrativa vía procedimiento Personal con orden de ingreso número 0801-2016-00784.- Para la declaración de no ser conforme a Derecho y la anulación de un acto administrativo de carácter particular.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por cancelación por despido del cargo de Policía de la Dirección Nacional de Tránsito en evidente infracción al ordenamiento jurídico y voluntario de las garantías constitucionales del derecho de defensa del debido proceso.- Que se adopten medidas para el pleno restablecimiento del derecho reclamado. En relación con el acuerdo número 3255-2016 de la fecha 17 de noviembre de 2016 emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. MARVIN GEOVANNY RAMOS AVILA SECRETARIO ADJUNTO 8 M. 2021. _________ CONVOCATORIA