Edicto No. 0801-2024-00579 — Demanda especial en materia de personal contra Alcaldía Municipal del Distrito Central
Resumen
Este documento es una demanda que Nestlé Hondureña presentó ante un juzgado para anular decisiones de las autoridades tributarias que le exigieron pagar más impuestos. La empresa reclama que sus cereales Nestum fueron clasificados incorrectamente en aduanas, causándole cobros adicionales de casi 1.9 millones de lempiras que solicita devolver.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado Ulises Mejía León Gómez, en su condición de Representante Procesal de la Sociedad Mercantil denominada Nestlé Hondureña, S.A., incoando demanda vía procedimiento especial en materia tributaria, contra el Estado de Honduras a través de la del Servicio de Administración de Rentas (SAR) y de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), con orden de ingreso No.0801-2023-00002, en contra de las RESOLUCIONES número DEI-DF-067-2014, DEI-DF-061-2014, DEI-DF-065-2014, DEI-DF-068-2014, DEI-DF-1526-2012, DEI-DF-1517-2012, DEI-DF-1518-2012, DEI-DF-1519-2012, DEI-DF-1520-2012, DEI-DF-1522-2012, DEI-DF-1523-2012, DEI-DF-2657-2012, DEI-DF-2658-2012, DEI-DF-2659-2012, DEI-DF-2660-2012, DEI-DF-006-2014, dictadas por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), 2) RESOLUCIÓN Número DEI-DL-171-15-10000-3988, de fecha quince (15) de octubre del dos mil quince (2015), dictada por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) y 3) RESOLUCIÓN número A.L 349-2018, de fecha veintidós (22) de agosto de dos mil dieciocho (2018), dictada por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), se dicte sentencia definitiva donde se declare la nulidad de los actos administrativos impugnados por no haber sido dictados conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistiendo en reconocer la correcta clasificación de los cereales Nestum (Nestum Probióticos) bajo la partida arancelaria 1901.10.90, según el Arancel Centroamericano de Importación; desvanecer los ajustes por la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO LEMPIRAS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS (L 1,871,628.47), efectuados por la DEI, ahora SAR; y la devolución de cualquier cantidad pagada por concepto de los ajustes antes mencionados.- Se acompañan documentos. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 27 E. 2026 _________