Edicto No. 0801-2024-00497 — Demanda contencioso administrativo especial en materia de personal
Resumen
Dos empleados de la Secretaría de Salud demandan al Estado de Honduras para anular su despido (junio 2024), argumentando que fue ilegal e injusto. Piden ser reinstalados en sus puestos con los salarios adeudados, bonificaciones y otros beneficios desde su despido hasta su reintegro, más compensación por daños.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de julio del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado los señores Cesar Edgardo Zelaya Espinoza y Javier Alberto Solórzano Espinoza, incoando demanda vía procedimiento especial de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Salud, con orden de ingreso número 0801-2024-00497, “Se interpone demanda contencioso administrativo especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de unos actos administrativos de carácter particular consistentes en el Acuerdo de Cancelación número 2752- 2024 y Acuerdo número 2751-2024, ambos de fecha veintiséis (26) de junio del dos mil veinticuatro (2024), por no ser dictados conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, incluso con exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para el restablecimiento de los derechos.- Se ordene al Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud, al reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de cancelación hasta la fecha de la debida reinstalación al cargo, más el pago de los beneficios que ocurran durante el juicio tales como décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, incrementos salariales, vacaciones, bonificación en concepto de vacaciones y otros derechos otorgados a los demás trabajadores en ausencia del actor más los intereses que correspondan. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Costas”. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 20 E. 2026 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO