Hasta que la Asamblea General de miembros elija nueva Junta Directiva, ésta quedará integrada de la siguiente manera: Presidente: ANA ISABEL BARRIENTOS CASTRO. Vicepresidente: KAREN SUYAPA MEJIA SERVELLON. Secretaria: ELISA YAMILETH MARTINEZ BETETA. Tesorero: MARIBEL CAROLINA TALHAMI VIVAS. Vocal I: OSCAR FRANCISCO BARRIENTOS CASTRO. Vocal II: LAURA MARIA VASQUEZ DURAN. SEGUNDO: LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNA- MENTAL DE DESARROLLO (ONGD) DE PRIMER GRADO denominada ASOCIACIÓN AMIGOS DE LA ESCUELA DEL VIDRIO con sus siglas “AEV”, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNA- MENTAL DE DESARROLLO (ONGD) DE PRIMER GRADO, denominada ASOCIACIÓN AMIGOS DE LA ESCUELA DEL VIDRIO, con sus siglas “AEV”, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNA- MENTAL DE DESARROLLO (ONGD) DE PRIMER GRADO, denominada ASOCIACIÓN AMIGOS DE LA ESCUELA DEL VIDRIO, con sus siglas “AEV”, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNA- MENTAL DE DESARROLLO (ONGD) DE PRIMER GRADO, denominada ASOCIACIÓN AMIGOS DE LA ESCUELA DEL VIDRIO, con sus siglas “AEV”, queda sujeta a los principios de democracia participativa en el sentido interno, así como en temas de transparencia y rendición de cuentas frente a sus miembros y a la población en general cuando perciban o manejen bienes o fondos públicos en general, deben rendir cuentas ante el órgano competente de conformidad con el Artículo 3 inciso 4) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. SEXTO: La disolución y liquidación de LA ORGANI- ZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) DE PRIMER GRADO, denominada ASOCIACIÓN AMIGOS DE LA ESCUELA DEL VIDRIO, con sus siglas, “AEV”, se hará de conformidad a sus Estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEPTIMO: Que la legalidad y veracidad de los documentos presentes no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado, sino del peticionario. OCTAVO: Los presentes estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. NOVENO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. DÉCIMO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO PRIMERO: Previo a extender la Certificación de la presente resolución, el interesado deberá acreditar la cancelación de doscientos Lempiras (Lps. 200.00) de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, creado mediante Decreto Legislativo No. 17-2010 de fecha 21 de abril de 2010. NOTIFÍQUESE. (F) RIGOBERTO CHANG CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce días del mes de diciembre del dos mil catorce. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 3 F. 2015.
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia, se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa CEREXAGRI/UNITED PHOSPHORUS LIMITED, tendiente a que autorice el Registro del Producto de Nombre Comercial: QUICKPHOS 56 GE, compuesto por los elementos: ALUMINIUM PHOSPHIDE 56%. Formulador y País de origen: UNITED PHOSPHORUS LIMITED/INDIA. Tipo de Uso: INSECTICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., OCHO (08) DE ENERO DE 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 3 F. 2015. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta Secretaría de Estado, se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa CEREXAGRI/UNITED PHOSPHORUS LTD, tendiente a que autorice el Registro del Producto de Nombre Comercial: VONDOZEB 80 WP, compuesto por los elementos: 80% MANCOZEB. En forma de: POLVO MOJABLE. Formulador y País de origen: CEREXAGRI, S.A./UNITED PHOSPHORUS LTD./ INDIA. Tipo de Uso: FUNGICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., DIECIOCHO (18) DE DICIEMBRE DE 2014. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 3 F. 2015. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia, se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa UNITED PHOSPHORUS LIMITED, tendiente a que autorice el Registro del Producto de Nombre Comercial: LIFELINE 28 SL, compuesto por los elementos: GLUFOSINATE AMMONIUM 28%. Formulador y País de origen: UPL LIMITED/INDIA. Tipo de Uso: HERBICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., OCHO (08) DE ENERO DE 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 3 F. 2015. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN Y MODIFICACIÓN(ES) DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia, se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa FULL PACK, S.A, DE C.V., tendiente a que autorice el Registro del Producto de Nombre Comercial: SEVIN XLR 48 SC, compuesto por los elementos: 48% CARBARYL. En forma de: SUSPENSIÓN CONCENTRADA Formulador y País de origen: BAYER, S.A./GUATEMALA-TKI.,/ESTADOS UNIDOS. Tipo de Uso: INSECTICIDA AGRICOLA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Modificaciónes al registros: - Cambio del titular del registro de “Bayer, S.A. de C.V.” por “Full Pack, S.A. de C.V.” - Cancelación del origen Francia. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., ONCE DE NOVIEMBRE DE 2014. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 3 F. 2015.
LICITACIÓN PÚBLICA No. 001-2015 LA EMPRESA DE CORREOS DE HONDURAS (HONDUCOR) INVITA A Todas las Agencias Distribuidoras o Representantes de Empresas Fabricantes de vehículos, legalmente establecidas en el país, a participar en la Licitación Pública No. 001-2015. ADQUISICIÓN DE LOTE DE CINCO VEHÍCULOS TIPO CAMIÓN CERRADO, para uso de la Empresa de Correos de Honduras, la cual será financiada con fondos externos, provenientes de los Proyectos de Cooperación Técnica, denominados Fondos de Alícuotas, administrados por la Unión Postal para las Américas, España y Portugal. Las bases de Licitación estarán disponibles partir del 29 de enero del 2015, en un horario de 8:00 A.M., a 5:00 P.M., en la Tesorería de esta empresa, ubicada al final del Aeropuerto Internacional Toncontín, contiguo a las oficinas de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, frente a City Mall. Los interesados en obtener dichas bases deberán presentar solicitud por escrito, dirigida al Director General de Honducor, José Enrique Mahomar Marzuca, previo pago de quinientos Lempiras Exactos (Lps. 500.00) en efectivo o mediante cheques certificados, no reembolsables, a nombre de la Empresa de Correos de Hondu- ras, mismos que deberán entregarse a la Tesorería General de la Empresa. La recepción y apertura de los sobres conteniendo las ofertas, se llevará a cabo el día 20 de febrero del año 2015 a las 2:00 P.M., en el salón de reuniones de la Empresa de Correos de Honduras. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de enero del 2015. JOSÉ ENRIQUE MAHOMAR MARZUCA DIRECTOR GENERAL DE HONDUCOR 3 F. 2015 [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Todo tipo de pan. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARIO GEOVANNY RAMOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de agosto del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 E., 3 y 18 F. 2015 [1] Solicitud: 2014-027953 [2] Fecha de presentación: 08/08/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PANADERÍA BARCELONA [4.1] Domicilio: BARRIO LAS PALMAS, 20 CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTES. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BARCELONA Y DISEÑO _______ 1/ Solicitud: 34707-14 2/ Fecha de presentación: 26-09-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR 4/ Solicitante: UNIPHARM INTERNATIONAL AG. 4.1/ Domicilio: CHUR SUIZA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: SUIZA
- B)
REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país:
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BENIFLORA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales.
- D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ROQUE FRANCISCO ZEPEDA RODRÍGUEZ
- E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.