La Iglesia se sujeta a la supervisión y regulación del Estado de Honduras quedando obligada a presentar informes periódicos de las actividades que realice, ante las instituciones u organismos del gobierno con los que se relacione en el ejercicio de sus actividades y a la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. SEGUNDO: Que la IGLESIA DE DIOS UN SOLO REBAÑO, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: Que la IGLESIA DE DIOS UN SOLO REBAÑO, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: Que la IGLESIA DE DIOS UN SOLO REBAÑO, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la IGLESIA DE DIOS UN SOLO REBAÑO, se hará de conformidad a sus Estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar Parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SEPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente Resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir ala Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente Resolución, a razón de ser entregada al interesado. NOTIFIQUESE. (F) RIGOBERTO CHANG CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACION Y DESCENTRALIZACION. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil quince. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 25 A. 2015 AVISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA No. 06/2015 El BANCO CENTRAL DE HONDURAS, por este medio invita, a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.06/2015, “Contratación por cuenta del Gobierno de la República, del servicio de transporte de especies consulares a las diferentes embajadas y consulados de Honduras en Europa, África, Asia, América del Norte, América del Sur, Centroamérica y el Caribe”, por el término de un (1) año, contado a partir de la firma del contrato. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. El Pliego de Condiciones de la precitada licitación está disponible a partir de esta fecha en la página web www.honducompras.gob.hn, del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS); asimismo, pueden presentarse con una nota de autorización de su empresa a retirarlo gratuitamente al Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, tercer piso, edificio principal del Banco Central de Honduras, en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán indicar por escrito y a los correos electrónicos luisa.pineda@bch.hn y adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el Salón de Usos Múltiples, ubicado en el segundo piso del edificio principal del Banco en Tegucigalpa, M.D.C., el día martes 2 de junio de 2015, a las 10:30 A.M., hora local, en presencia del Comité de Compras del Banco Central de Honduras y los oferentes participantes. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 25 A. 2015
JUZGADO DE LETRAS PRIMERO DEPARTAMENTAL DE CHOLUTECA AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE TITULOS VALORES La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras Primero Departamental de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE CONSTAR: Que el señor FAUSTINO CRUZ LÓPEZ, presentó Solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor, consistente en: Un certificado de Depósito No. 073-302-43835 por la cantidad de L.1,095,000.00 a un plazo de 360 días, a favor del señor FAUSTINO CRUZ LÓPEZ, suscrito por BANCO FICOHSA, el certificado anteriormente relacionado se le extravió a su titular y tenedor legítimo, no encontrándose en proceso de circulación en el momento de su extravío. Choluteca, 17 de abril de 2015. PERLA IRIS HERNÁNDEZ SECRETARIA 25 A. 2015 _______ SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La suscrita, Encargada de la Secretaría General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor Exclusiva que literalmente dice: LICENCIA DE DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a PRODUCTOS DE CONSUMO POPULAR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (PROCONSUMO), como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVA de la Empresa Concedente SCA CONSUMIDOR MEXICO, S.A. DE C.V., nacionalidad mexicana, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO NACIONAL; otorgada mediante Resolución Número 401- 2015 de fecha 16 de abril del 2015, en vista que la carta de fecha 23 de julio del 2014, Fecha de Vencimiento: POR TIEMPO INDEFINIDO; ALDEN RIVERA MONTES, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico; SANDRA PATRICIA FLORES LOPEZ, Encargada de la Secretaría General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil quince. SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ ENCARGADA DE LA SECRETARÍA GENERAL Acuerdo No. 044-2015 25 A. 2015 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis de marzo del año dos mil quince, comparecieron ante este Juzgado los Abogados JENNIFER LIZZETH BONILLA BONILLA y CRISTIAN GERARDO MEDINA SEVILLA, interponiendo demanda con orden de ingreso No 0801-2015- 00107, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional. Se interpone demanda ordinaria para que se declare la ilegalidad y anulación por no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular, por contener vicios de nulidad y emitido con infracción del ordenamientos jurídico, exceso y desviación de poder. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento del derecho, se ordene el ascenso al grado inmediato superior de mayor de infantería y se reconozca el reajuste salarial y demás beneficios dejados de percibir por la ilegal decisión de postergar el ascenso por un año. Se acompañan doumentos. Poder. SAMUEL MAXIMILIANO ORDÓÑEZ SECRETARIO ADJUNTO 25 A. 2015 _______ JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE LA CEIBA, ATLÁNTIDA AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de La Ceiba, Atlántida, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que en fecha nueve de mayo del año dos mil trece, se presentó ante este Despacho de Justicia la solicitud de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR, promovida por la señora NYDIA NELLY SÁNCHEZ BARDALES, mayor de edad, soltera por viudez, comerciante, de este domicilio; quien solicita la Cancelación y Reposición de Título Valor denominado CERTIFICADO NÚMERO QUINCE (15) CONTENIENDO ONCE (11) ACCIONES con un valor nominal de Diez Lempiras cada una en la SOCIEDAD BIENES E INVERSIONES MAZAPÁN, S.A., de fecha dieciséis de marzo del año dos mil cinco. La Ceiba, Atlántida, 13 de marzo de 2015. ABOG. MARÍA YOSELY PONCE RODRÍGUEZ SECRETARIA ADJUNTA 25 A. 2015
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha 25 de febrero del dos mil quince, se interpuso ante este Juzgado demanda con orden de ingreso No.088-15, promovida por el señor Whellu Gerardo Alvarez Sosa, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, contraída a pedir: Se declare la nulidad relativa de un acto Administrativo. Nulidad absoluta de un acto de carácter particular en materia personal por no estar dictado conforme a derecho. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. Adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mi derecho como ser el reintegro al cargo que ocupaba y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha efectiva del despido hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Más el pago de los demás derechos que se produzcan en la secuela del juicio. Se acompañan documentos. Poder. Relacionado con el acuerdo de cancelación por despido número: 087/2015. DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS, CATASTRO. INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, 4 de febrero del 2015. MARCO TULIO PADILLA MENDOZ, por medio del cual se me canceló por despido de mi cargo. KARINA ELIZABETH GALVEZ REYES SECRETARIA ADJUNTA 25 A. 2015. ______ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veintitrés de febrero del año dos mil quince, interpuso demanda en esta judicatura con orden de ingreso número 078-2015- Juez cinco (5), promovida por los ciudadanos EDGARDO CHAVEZ MIRANDA, LUIS FERNANDO NUÑEZ ESTEINER, MIGUEL ANGEL CERVELLON VALLE, FRANCIS ARIEL TURCIOS ESCOBARYCARLOS DAVID HERNÁNDEZ BACA, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, interponiendo nulidad relativa de un acto administrativo. Nulidad absoluta de un acto de carácter particular en materia de personal por no estar dictado el mismo conforme a derecho. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. Adopción de medidas necesarias para el restablecimiento de nuestro derecho como ser el reintegro al cargo que ocupábamos y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha efectiva del despido hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Más el pago de los demás derechos que se produzcan en la secuela del juicio. Pago de las costas del juicio. Se acompañan documentos. Poder. HERLON DAVID MENJIVAR NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 25 A. 2015. ______ CERTIFICACION El infrascrito, Encargado de la Secretaría General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor Exclusiva que literalmente dice: LICENCIA DE DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a GENERIC PHARMA GP, S.A. (DROGUERIA GENERIC PHARMA, S.A.), como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente LAFEDAR, S.A. LABORATORIOS, de nacionalidad argentina, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO NACIONAL. Otorgada mediante Resolución Número 235-2015 de fecha 03 de marzo del 2015, en vista que el Contrato de Adhesión o un Contrato Principal de Fecha 03 de noviembre del 2014; Fecha de Vencimiento: hasta el 02 de noviembre del año 2017. ALDEN RIVERA MONTES, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. ALEX JAVIER BORJAS LAINEZ. Encargado de la Secretaría General. Acuerdo No.001-2015. Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los trece días del mes de marzo del año dos mil quince. ALEX JAVIER BORJAS LAINEZ Encargado de la Secretaría General Acuerdo No. 001-2015 25 A. 2015.
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