Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de éste último. SEGUNDO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE TALGUA”, con domicilio en el municipio de Talgua, departamento de Lempira, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE TALGUA”, con domicilio en el municipio de Talgua, departamento de Lempira, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. Se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, Indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. CUARTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE TALGUA”, con domicilio en el municipio de Talgua, departamento de Lempira, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE TALGUA”, con domicilio en el municipio de Talgua, departamento de Lempira. La disolución y liquidación de la, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE TALGUA”, con domicilio en el municipio de Talgua, departamento de Lempira, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito central a los cinco días del mes de junio del dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO ADAJUNTO 1 N. 2017.
La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA DE HOND URAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 1 D E N O V IEMBRE D E L 2017 N o . 34,480 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA No. AMS-02-2017 La Municipalidad de SIGUATEPEQUE, departamento de Comayagua, invita a las empresas interesadas en participar a presentar ofertas para los: SERVICIO DE ACARREO DE BASURA Y RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS Y SERVICIO DE BARRIDO Y DESARENADO DE CALLES: Partida No.1: Servicio de Acarreo de Basura y Recolección de Desechos Sólidos Partida No.2: Servicio de Barrido y desarenado de Calles Las Bases de la licitación se podrán obtener a partir del día jueves dos (02) de noviembre del presente años dos mil diecisiete (2017) hasta el sábado dieciocho (18) de noviembre del presente año dos mil diecisiete (2017), en las oficinas de la Tesorería Municipal, previa al pago de un mil doscientos lempiras exactos (Lps. 1,200.00), por la partida a ofertar: Según especificaciones que se detallan en las bases de licitación: La recepción y apertura de las ofertas de ambas partidas, se realizará de la siguiente forma: La Partida No. 1 será el día lunes once (11) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), a las 9:00 A.M. de la mañana. La Partida No. 2 será el día lunes once (11) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), a las 10:30 A.M. de la mañana. El día martes doce (12) de diciembre a las 9:00 A.M. del presente año, se hará el recorrido en los sitios donde se prestará el servicio de acarreo de basura y recolección de desechos sólidos; y el mismo día martes doce (12) de diciembre del presente año a las 2:00 P.M., se hará el recorrido en los sitios donde se prestará el servicio de barrido y desarenado de calles; para lo cual deberá asistir obligatoriamente todas las empresas participantes en dicho proceso de licitación. Abog. Juan Carlos Morales Pacheco Alcalde Municipal 1 N. 2017. ______ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de septiembre del dos mil diecisiete, compareció a este Juzgado el señor EDGARDO ISMAEL RAMÍREZ VALLADARES, en su condición propia, incoando demanda Personal, contra el Estado de Honduras, a través de LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, con orden de ingreso número 0801-2017- 00474 para para la Nulidad de un acto administrativo particular por infracción al ordenamiento Jurídico establecido, quebrantamiento Jurídico de formalidades y esenciales, exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fue objeto.- Y como medida necesaria, para el pleno restablecimiento de mis derechos, que se ordene a través de Sentencia Definitiva, el reintegro mi antiguo puesto de trabajo, más los ascensos a los grados inmediatos superiores que tenía al momento de ser despedido de manera ilegal, por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir, con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales que se pudieren general desde mi ilegal cancelación hasta el momento en que dicha sentencia sea ejecutada.- Se acompañan documento.- Se confiere poder.- Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada.- Acto a impugnar el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 3301-2017 de fecha 15 de agosto del 2017. ABOG. ANDRES DAVID ARDON SECRETARIO ADJUNTO 1 N. 2017. ______ AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta cuidad de Nacaome, departamento de Valle, al público en general y para los efectos de la ley.- HACE CONSTAR.- Que la señora PETRONILA CANALES SANTOS, a través de su Apoderado Legal el Abogado YERIN OSMAR BANEGAS GARCÍA, mediante el PROCESO ABREVIADO DISPOSITIVO, en fecha cinco de junio del año dos mil diecisiete, presentó solicitud de Título Supletorio, de dos lotes de terreno, ubicados en el caserío del puente siete, sitio San Rafael, aldea San Rafael, Nacaome departamento de Valle, de aproximadamente el lote número uno 0.83 Hectáreas, lote número dos 0.40 hectáreas: lotes de terrenos que tienen las colindancias siguientes: LOTE NÚMERO UNO: AL NORTE, colinda callejos de por medio ELVIRA BANEGAS y con PETRONILA CANALES; al SUR, colinda con ELVIRA BANEGAS y URBANO HERNÁNDEZ; al ESTE, colinda con URBANO HERNÁNDEZ, callejos de por medio con ROSARIO SUAZO; al OESTE, colinda con ELVIRA BANEGAS LOTE NÚMERO DOS: AL NORTE, colinda con ELVIRA BANEGAS, quebrada de por medio con JOSE VILLALOBOS; al SUR, callejón de por medio con PETRONILA CANALES; ESTE, callejón de por medio con URBANO HERNÁNDEZ y quebrada de por medio con JOSE VILLALOBOS; al OESTE, colinda con ELVIRA BANEGAS, el cual han poseído de manera quieta pacífica e interrumpida desde hace más de cuarenta años. Nacaome, departamento de Valle a los 12 días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete. NELY ONDINA ALVARADO POSADAS SECRETARIA, POR LEY 1 N. 2017.
La G aceta Sección B A v isos Legales R E P Ú BLICA DE HOND URAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 1 D E N O V IEMBRE D E L 2017 N o . 34,480 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de registro de plaguicidas o sustancia afín. El Abog. JUAN JOSÉ FONSECA RODRÍGUEZ, actuando en representación de la empresa EL COLONO AGROPECUARIO, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: BUZIL 72 WP, compuesto por los elementos: 8.00% METALAXYL, 64% MANCOZEB. Estado Físico: SÓLIDO Toxicidad del tipo: 5 Grupo al que pertenece: FENILAMIDA, CARBAMATO Presentaciones: 1, 20, 25, Kilogramos Tipo de Formulación: Polvo Mojable Formulador y país de origen: INDUSTRIAS QUÍMICAS, S.A. / COSTA RICA Tipo de uso: FUNGICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 el RTCA 65.05.67.13 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., TRECE (13) DE SEPTIEMBRE DEL 2017 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 1 N. 2017. _____ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de registro de plaguicidas o sustancia afín. El Abog. JUAN JOSÉ FONSECA RODRÍGUEZ, actuando en representación de la empresa EL COLONO AGROPECUARIO, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: BIOTRAMPA 5 RB, compuesto por los elementos: 5.00% METALDEHYDE. Estado Físico: SÓLIDO Toxicidad del Tipo: 4 Grupo al que pertenece: CICLO-OCTANO Presentaciones: 100,250, GRAMOS 0.5, 1, 2, 5, 20, 25, KILOGRAMOS Tipo de Formulación: CEBO/ISCA Formulador y país de origen: INDUSTRIAS QUÍMICAS, S.A./COSTA RICA Tipo de uso: MOLUSQUICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 el RTCA 65.05.67.13 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., TRECE (13) DE SEPTIEMBRE DEL 2017 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 1 N. 2017. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de registro de plaguicidas o sustancia afín. El Abog. JUAN JOSÉ FONSECA RODRÍGUEZ, actuando en representación de la empresa AGRICENTER DE HONDURAS, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: SELLAPAX 50 SC, compuesto por los elementos: 50% AMERTRYN. Estado Físico: LIQUÍDO Toxicidad del Tipo: III Gr