Cualquiera otra información de relevancia que se requiera. ANEXO C. Balance del Sector Público No Financiero (SPNF) y Administración Central (AC) 2027-2030. En los siguientes cuadros se puede observar las cifras fiscales de forma detalla por renglón económico a través de la cuenta financiera del SPNF y AC, establecidas en el MMFMP 2027- 2030: Página 37 | 44 Acuerdo No. 433-2026 ANEXO C. Balance del Sector Público No Financiero (SPNF) y Administración Central (AC) 2027-2030. En los siguientes cuadros se puede observar las cifras fiscales de forma detalla por renglón económico a través de la cuenta financiera del SPNF y AC, establecidas en el MMFMP 2027- 2030: ANEXO D. Flujos SIREP y ANSEC Flujos SIREP ANEXO D. Flujos SIREP y ANSEC Flujos SIREP Página 39 | 44 Acuerdo No. 433-2026 Flujo ANSEC ANEXO E. Definiciones y Aspectos Metodológicos para Registro de APP Términos y Definiciones: Activo no financiero: El activo correspondiente al proyecto APP deberá ser registrado en la contabilidad de la institución pública respectiva, reflejando el valor total de la inversión incurrida del Proyecto. Para efectos del registro contable de proyectos APP, las instituciones deberán reconocer como valor del activo el valor total de la inversión incurrida por el operador privado, y no únicamente el costo de la construcción física. El valor de la inversión deberá incluir todos los costos necesarios para poner el activo en condiciones de operación, tales como costos de construcción, gastos financieros capitalizables, seguros durante la construcción, licencias, costos de supervisión, estructuración técnica y financiera, y otros costos directos atribuibles. La determinación del valor de inversión deberá estar debidamente documentada y validada conforme a los términos contractuales y reportes financieros certificados del proyecto. Pasivo financiero: Se deberá registrar un pasivo financiero con base en el concepto de propiedad económica tomando los siguientes parámetros para cada uno de los siguientes proyectos: a. Corredor Logístico: Se debe registrar una adquisición de un activo no financiero en el balance de la Administración Central a medida que la concesionaria va ejecutando la inversión. La contrapartida de este registro sería la imputación de un préstamo como pasivo de la Administración Central. El pago de peajes cobrado por la concesionaria debe ser imputado como un ingreso de la Administración Central, que se emplea en parte para reducir el préstamo imputado y en parte para cubrir el pago de intereses y el uso de bienes y servicios realizado por la concesionaria. b. Corredor Turístico: Debe ser analizado en dos coordenadas: La de los saldos y la de los flujos. En los saldos, SEFIN debería registrar un aumento de la deuda pública en forma de préstamos por el monto total de 116 millones de dólares (la deuda que el Estado tiene hacia la concesionaria por la ejecución de la cláusula de terminación). En los flujos, parte de la inversión ha sido ya registrada en el estado de operaciones, por lo que habría que registrar solo la parte que aún no ha entrado en las cuentas. La diferencia entre la parte de la inversión (adquisición de activos no financieros) que queda por reflejar y el total de la deuda que se ha de reconocer debería registrarse como gasto en intereses, uso de bienes y servicios o inventarios en función de la naturaleza de los gastos. c. Corredor Lenca: La Administración Central debe registrar en su balance el activo no financiero e imputar un aumento de pasivos en forma de préstamos. Una parte del pago anual que la AC realiza a la concesionaria se deben registrar como una disminución del pasivo imputado y la parte restante como un gasto por intereses y por uso de bienes y servicios. d. SIGLO XXI: La Administración Central debe registrar en su balance la adquisición del activo no financiero con la contrapartida de la imputación de un préstamo que aumentará la deuda. Los ingresos de la concesionaria se deben imputar como un ingreso de la Administración Central que se emplea en parte para reducir el préstamo imputado y en parte para cubrir el pago de intereses y el uso de bienes y servicios realizado por la concesionaria. e. Centro Cívico Gubernamental: La Administración Central debe registrar en su balance el activo no financiero e imputar un aumento de pasivos en forma de préstamos. Una parte del pago anual que la Administración Central realiza a la concesionaria se deben registrar como una disminución del pasivo imputado y la parte restante como un gasto en intereses y uso de bienes y servicios. f. La Lima: La Administración Central debe registrar en su balance el activo no financiero e imputar un aumento de pasivos en forma de préstamos. Una parte del pago anual que la Administración Central realiza a la concesionaria se deben registrar como una disminución del pasivo imputado y la parte restante como un gasto en intereses y uso de bienes y servicios. g. Aeropuerto Palmerola: En este caso hay que tener en cuenta que hay tres fuentes de financiamiento diferentes al proyecto. La parte que financia directamente la Administración Central debe registrarse como una adquisición de activos no financiero cuya contrapartida es la disminución de efectivo y depósitos. La parte financiada con alivio de la deuda se debe registrar como una adquisición de activos no financieros siendo su contrapartida un ingreso en forma de donaciones. En lo que respecta a la parte financiada por la concesionaria, se debe registrar como una adquisición de activos no financieros, teniendo como contrapartida la imputación de un préstamo que aumentará la deuda de la Administración Central. Las tarifas cobradas por la concesionaria deben ser imputadas como un ingreso de la Administración Central que se emplea en parte para reducir el préstamo imputado y en parte para cubrir el pago de intereses y el uso de bienes y servicios realizado por la concesionaria. h. Terminal de Contenedores y Carga General de Puerto Cortés: Las tarifas cobradas por la concesionaria deben ser imputadas como un ingreso de la Administración Central que se emplea en parte para reducir el préstamo imputado y en parte para cubrir el pago de intereses y el uso de bienes y servicios realizado por la concesionaria. i. Terminal de Graneles Sólidos de Puerto Cortés: Se registrará en el balance de la concesionaria, por lo que en el del sector público no deberá haber ningún registro. Por el contrario, en el momento de reversión del activo, el sector público deberá registrar la adquisición de un activo no financiero cuya contrapartida será un ingreso en forma de transferencia de capital realizado por la concesionaria, por el valor del activo revertido. Pasivo Diferido Por Derecho de Uso: En el caso de los proyectos en los cuales la recuperación de la inversión se da principalmente a través del cobro directo a los usuarios del servicio (por ejemplo, tarifas, peajes o contribuciones), y no existan pagos directos por parte del Estado, pero el contrato otorgue al Estado la propiedad económica del activo o establezca cláusulas de reversión, control normativo o riesgo de terminación anticipada, la entidad concedente deberá registrar contablemente el activo correspondiente y, simultáneamente, reconocer un pasivo diferido por derecho de uso. Este pasivo diferido deberá registrarse por el valor presente de los flujos de ingreso otorgados al operador privado conforme al contrato de concesión y se amortizará de forma sistemática durante el plazo del contrato, reflejando el devengo contable del derecho adquirido por el Estado. Esta obligación no representa un flujo de pago financiero para el Estado, pero sí una obligación contable implícita asociada al control económico del activo. La tasa de descuento utilizada para calcular el valor presente de los pasivos, ya sean financieros o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) estimada del proyecto, en función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos futuros comprometidos por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará el valor económico del flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el momento en que el Estado asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalmente coincide con el inicio de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra obligación derivada de procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), Secretaría de Finanzas (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Concedentes de proyectos APP, deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su presupuesto de ingresos y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categorías: 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los pagos establecidos para remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el marco del contrato APP, tales como: o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) est función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos f por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el mom asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalment de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra o procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Conceden deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su p y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categoría 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los p remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el m tales como: ➢ Pagos por Contraprestación; ➢ Pagos por Disponibilidad; ➢ Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Pagos por Contraprestación; La tasa de descuento utilizada para calcular el valor presente de los pasiv o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) est función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos f por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el mom asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalment de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra o procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Conceden deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su p y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categoría 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los p remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el m tales como: ➢ Pagos por Contraprestación; ➢ Pagos por Disponibilidad; ➢ Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Pagos por Disponibilidad; contable implícita asociada al control económico del activo. La tasa de descuento utilizada para calcular el valor presente de los pasiv o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) est función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos f por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el mom asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalment de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra o procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Conceden deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su p y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categoría 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los p remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el m tales como: ➢ Pagos por Contraprestación; ➢ Pagos por Disponibilidad; ➢ Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Esta obligación no representa un flujo de pago financiero para el Estado contable implícita asociada al control económico del activo. La tasa de descuento utilizada para calcular el valor presente de los pasiv o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) est función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos f por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el mom asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalment de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra o procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Conceden deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su p y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categoría 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los p remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el m tales como: ➢ Pagos por Contraprestación; ➢ Pagos por Disponibilidad; ➢ Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Pagos de Cofinanciamiento Inicial; Estado. Esta obligación no representa un flujo de pago financiero para el Estado contable implícita asociada al control económico del activo. La tasa de descuento utilizada para calcular el valor presente de los pasiv o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) est función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos f por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el mom asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalment de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra o procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Conceden deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su p y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categoría 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los p remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el m tales como: ➢ Pagos por Contraprestación; ➢ Pagos por Disponibilidad; ➢ Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Pagos por Unidad de Servicios; al operador privado conforme al contrato de concesión y se amortizar durante el plazo del contrato, reflejando el devengo contable del der Estado. Esta obligación no representa un flujo de pago financiero para el Estado contable implícita asociada al control económico del activo. La tasa de descuento utilizada para calcular el valor presente de los pasiv o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) est función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos f por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el mom asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalment de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra o procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Conceden deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su p y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categoría 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los p remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el m tales como: ➢ Pagos por Contraprestación; ➢ Pagos por Disponibilidad; ➢ Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Otros mecanismos similares que compensen la inversión y prestación de servicios. Lo anterior conforme a la periodicidad establecida en el contrato de Concesión. 2. Retribución por obligaciones adquiridas derivadas de riesgos materializados en actividades operativas, de explotación, conservación y mantenimiento: Se refiere a los pagos extraordinarios que el Estado o el concedente deben realizar cuando se materializan riesgos contractuales que afectan las operaciones o el mantenimiento del activo. 3. Inversiones solicitadas por o a cargo del Estado para cada proyecto: Incluye todas las inversiones adicionales no previstas originalmente en el contrato APP, pero solicitadas o asumidas por el Estado o las entidades concedentes, tales como: adquisición de un activo no financiero cuya contrapartida será u transferencia de capital realizado por la concesionaria, por el va Pasivo diferido por derecho de Uso: En el caso de los proy recuperación de la inversión se da principalmente a través del cobro di servicio (por ejemplo, tarifas, peajes o contribuciones), y no existan pa del Estado, pero el contrato otorgue al Estado la propiedad económica cláusulas de reversión, control normativo o riesgo de terminación concedente deberá registrar contablemente el activo correspondient reconocer un pasivo diferido por derecho de uso. Este pasivo diferido deberá registrarse por el valor presente de los flujo al operador privado conforme al contrato de concesión y se amortizar durante el plazo del contrato, reflejando el devengo contable del der Estado. Esta obligación no representa un flujo de pago financiero para el Estado contable implícita asociada al control económico del activo. La tasa de descuento utilizada para calcular el valor presente de los pasiv o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) est función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos f por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el mom asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalment de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra o procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Conceden deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su p y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categoría 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los p remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el m tales como: ➢ Pagos por Contraprestación; ➢ Pagos por Disponibilidad; ➢ Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Obras adicionales; adquisición de un activo no financiero cuya contrapartida será u transferencia de capital realizado por la concesionaria, por el va Pasivo diferido por derecho de Uso: En el caso de los proy recuperación de la inversión se da principalmente a través del cobro di servicio (por ejemplo, tarifas, peajes o contribuciones), y no existan pa del Estado, pero el contrato otorgue al Estado la propiedad económica cláusulas de reversión, control normativo o riesgo de terminación concedente deberá registrar contablemente el activo correspondient reconocer un pasivo diferido por derecho de uso. Este pasivo diferido deberá registrarse por el valor presente de los flujo al operador privado conforme al contrato de concesión y se amortizar durante el plazo del contrato, reflejando el devengo contable del der Estado. Esta obligación no representa un flujo de pago financiero para el Estado contable implícita asociada al control económico del activo. La tasa de descuento utilizada para calcular el valor presente de los pasiv o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) est función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos f por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el mom asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalment de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra o procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Conceden deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su p y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categoría 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los p remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el m tales como: ➢ Pagos por Contraprestación; ➢ Pagos por Disponibilidad; ➢ Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Obras complementarias; Página 42 | 44