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Decreto No. 005-SG-PROASOL-2023 | 14 de julio de 2023 | La Gaceta No. 36,281
Acuerdo Ejecutivo No. 005-SG-PROASOL-2023 — Convenio de Cooperación Interinstitucional entre ENAG y PROASOL como acuerdo de alianza estratégica
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Resumen
Este acuerdo une la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG) y el Programa de Acción Solidaria (PROASOL) para trabajar juntas. ENAG proporcionará servicios de impresión y edición a PROASOL, facilitando que este programa ejecute mejor sus proyectos de ayuda social dirigidos a grupos vulnerables en Honduras.
Considerandos
- 1.Que el artículo 8 inciso 5) de la Ley de Contratación del Estado establece que se excluye del ámbito de aplicación de la citada ley los contratos y negocios jurídicos de la Administración siguientes: 5) Los contratos o convenios de colaboración que celebren el Gobierno Central con las instituciones descentralizadas, municipalidades u otros organismos públicos, o los que celebren estos organismos entre sí.
- 2.Que el artículo 1 de la Ley de la un órgano desconcentrado, adscrita la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, dotado de autonomía técnica, administrativa y financiera.
- 3.Que el artículo 2 de la Ley de la que se constituye para editar el Diario Oficial La Gaceta, leyes, reglamentos y demás actos administrativos de carácter general, así como, para prestar al sector público y privado servicios de edición, de impresión y de las artes gráficas en general.
- 4.Que el artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-020-2022, se crea el Programa de Acción Solidaria (PROASOL) como ente desconcentrado de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL), con autonomía técnica-administrativa y financiera que tiene como mandato la atención social a personas encontradas en grupos vulnerables.
- 5.Que el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Número PCM-020-2022, establece que el Programa de Acción Solidaria (PROASOL) tiene como objetivo general: Ejecutar los programas y proyectos derivados de políticas públicas y diseñados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL), tendientes a intervenir de manera ordenada y coordinada en las condiciones de desarrollo humano de grupos vulnerables en los ejes de: Asistencia social, fortalecimiento humano, fortalecimiento educativo y salud complementaria. Lo anterior, como resultado de la formalización de fondos provenientes de convenios, acuerdos de financiamiento externos, donaciones, convenios interinstitucionales o designación directa de los órganos de decisión por el Gobierno de la República de Honduras.
- 6.Que el artículo 5 inciso 5) del Decreto Ejecutivo Número PCM-020-2022, establece que la Dirección Ejecutiva del Programa de Acción Solidaria (PROASOL) tiene las funciones y atribuciones siguientes: 5) Autorizar y suscribir contratos de adquisición de obras, servicios de consultoría, servicios distintos de consultorías y demás contratos que resulten necesarios para la consecución de los fines del Programa de Acción Solidaria (PROASOL).
- 7.Que el artículo 259 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales Ejercicio Fiscal 2023, establece que las instituciones del Gobierno Central, Desconcentrado y Descentralizado que requieran servicios de la Empresa Correos de Honduras (HONDUCOR), Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG), Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL), Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO) y la Industria Militar de las Fuerzas Armadas (IMFFAA), están obligadas a solicitar cotización por dichos servicios en aquellos lugares donde estas empresas tengan cobertura. Si los precios fueran iguales o más bajos que los ofrecidos por otras empresas que operen en el mercado, debe contratar sus servicios con amplia flexibilidad considerando el proceso de rescate social y financiero en que se encuentran.
- 8.Que la Tipografía Nacional, ha venido funcionando como un órgano dependiente de la Secretaría de Estado de la Presidencia, contribuyendo a la preservación y enriquecimiento de la historia de Honduras, la que ahora debe transformarse en un órgano desconcentrado que funcione como una empresa autosuficiente, encargada de darle publicidad a las leyes, reglamentos y demás disposiciones de carácter general del Estado y de prestar los servicios de artes gráficas que ha venido prestando fraccionalmente al público en general y los que demande su nueva estructura organizativa
- 9.Que los convenios son mecanismos de colaboración que pueden ser suscritos entre instituciones para facilitar la realización de acciones de común interés que permitan el desarrollo de sus funciones de mejor manera y unir esfuerzos para el logro de metas e impactos positivos. CLÁUSULA PRIMERA. - OBJETIVO GENERAL DEL CONVENIO: El objeto general del presente Convenio es definir un marco y una ruta de trabajo y condiciones del servicio de edición, de impresión, d
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