Aviso No. 0801-2023-01042 — Aviso de demanda especial en materia personal por nulidad de acto administrativo del Instituto Nacional Penitenciario
Resumen
Un trabajador de la Administración Aduanera de Honduras demanda que se anule su despido, argumentando que fue ilegal y violó sus derechos laborales. Si gana el juicio, podría ser reintegrado a su puesto con pago de todos los salarios atrasados, ajustes inflacionarios desde 2021 y costas del proceso.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado los abogados Fredin de Jesús Fúnez y Ana Gabriela Espinoza Zelaya, en su condición de representantes procesales del señor Arnoldo Isidro Coello Chirino, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, con orden de ingreso No.0801-2023-00570, para que se declare no ser conforme a derecho un Acto Administrativo de carácter particular en materia de personal consistente en el Acuerdo No. ADUANAS-DE-GNGTH-080-2023, de fecha tres (03) de abril del dos mil veintitrés (2023), emitido por la Administración Aduanera de Honduras, por haber emitido con infracción al ordenamiento jurídico, con grave violación al debido proceso, derecho de defensa, estabilidad laboral y con exceso de poder, por consiguiente, que se declare su nulidad.- Como medio de defensa se alega la prescripción de la acción para realizar el despido.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma, el reintegro al cargo del cual fue cancelado nuestro representado o a otro de igual o mejor categoría y salario.- Pago de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que se ejecute el reintegro, reconociendo los respectivos incrementos salariales por índice inflacionario ordena el artículo 61 del Régimen de Carrera de los Funcionarios y Servidores de Administración Aduanera de Honduras y en los que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado nuestro representado durante la secuela del juicio.- Pago del reajuste del salario con carácter retroactivo por los incrementos salariales por índice inflacionario que se adeudan desde el año 2021.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos. ALAN MAURICIO MARTINEZ MARTINEZ SECRETARIO ADJUNTO 13 A. 2024 SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONOMICO CERTIFICACIÓN