Aviso No. 0801-2023-01024 — Demanda Contencioso Administrativa - Nulidad de Acto por Silencio Negativo en Materia de Salarios
Resumen
Estos avisos notifican demandas ante juzgados contencioso-administrativos contra el Estado de Honduras. Las personas demandantes reclaman que actos administrativos (cancelaciones de empleos, silencios en pagos) fueron ilegales y piden su anulación, reinstitución en sus puestos, pago de salarios adeudados, beneficios laborales e intereses desde las fechas de los despidos hasta su resolución judicial.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de febrero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada Kensy Ramona Escobar Banegas, en su condición de representante procesal de la sociedad mercantil denominada Empresa de Seguridad y Vigilancia Privada C.N.K. S. de R.L. de C.V, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras a través de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), con orden de ingreso No.0801-2023-00257, por responsabilidad patrimonial del Estado de Honduras para el pago de cantidades adeudadas por servicio de vigilancia brindada a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en diferentes sitios del país.- Se declare la nulidad de un Acto Presunto por silencio negativo constituido por la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), por contener vicios de nulidad e infringir el ordenamiento jurídico.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, se reconozca la responsabilidad patrimonial del Estado de Honduras ordenando el pago de la cantidad reclamada más el pago de intereses a la tasa promedio activa del sistema Bancario Nacional sobre la cantidad reclamada conforme señala el artículo 28 de la Ley de Contratación del Estado, calculándose los mismos desde la fecha en que se debieron haber realizado los pagos adeudados hasta la fecha en que se haga efectivo el mismo siendo las cantidades el daño real efectivamente causado.- Se acompañan documentos.- Se acredita poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 7 D. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 7 D E D I C I E MBRE D E L 2023 N o . 36,403 PODER JUDICIAL JUGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTES AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula. departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes: HACE SABER: Que en fecha nueve de noviembre del año dos mil veintitrés, la abogada Melissa Cueva Prado, en su condición de apoderada judicial del señor Santos Isaac Flores Rivera, interpuso demanda contra El Estado de Honduras por actos de la Administración Aduanera de Honduras; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 160-2023, con correlativo No. 0501-2023-00154-LAP, en este despacho: dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad la declaración de nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS- DE-GNGTH-295-2023, de fecha 23 de octubre del 2023. notificación defectuosa; asimismo, solicita la compareciente el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, que se ordene el reintegro al trabajo que desempeñaba al momento de la cancelación del nombramiento o a otro de igual o mejor categoría, que se condene el pago de salarios dejados de percibir desde el momento de la cancelación hasta la fecha en que con sujeción a las normas procesales se efectúe la reinstalación. Solicita el reconocimiento y pagó de todos los beneficios, incrementos y demás derechos laborales que se otorguen durante la secuela de este juicio. San Pedro Sula, Cortés. 28 de noviembre del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 7 D. 2023 _____________ PODER JUDICIAL JUGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTES AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula. departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes: HACE SABER: Que en fecha nueve de noviembre del año dos mil veintitrés, la abogada Melissa Cueva Prado, en su condición de apoderada judicial de la señora Silvia María Munguía, interpuso demanda contra El Estado de Honduras por actos de la Administración Aduanera de Honduras; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 158-2023, con correlativo No. 0501-2023-00152-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad la declaración de nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS -DE- GNGTH-298-2023, de fecha 23 de octubre del 2023 notificación defectuosa; asimismo, solicita la compareciente el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, que se ordene el reintegro al trabajo que desempeñaba al momento de la cancelación del nombramiento, o a otro de igual o mejor categoría, que se condene el pago de salarios dejados de percibir desde el momento de la cancelación hasta la fecha en que con sujeción a las normas procesales se efectúe la reinstalación. Solicita el reconocimiento y pago de todos los beneficios, incrementos y demás derechos laborales que se otorguen durante la secuela de este juicio. San Pedro Sula, Cortés, 28 de noviembre del año 2023. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 7 D. 2023 ____________ PODER JUDICIAL JUGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTES AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha nueve de noviembre del año dos mil veintitrés la Abogada Melissa Cueva Prado.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2023-00153.-LAP y número asignado por el Juzgado 159-2023-S.P.S, contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos De la Administración Aduanera de Honduras, para que se declare la nulidad de un acto administrativo, notificación defectuosa, consistente en el acuerdo de cancelación N° ADUANAS-DE- GNGTH-294-2023. Edgardo Rene Ordoñez Reyes, emitida por ta Administración Aduanera de Honduras en fecha veintitrés de octubre del año dos mil veintitrés (2023), se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, que se ordene el reintegro al trabajo que desempeñaba al momento de la cancelación del nombramiento, o a otra de igual o mejor categoría, que se condene el pago de salarios dejados de percibir desde el momento de la cancelación hasta la fecha en que con sujeción la normas procesales se efectúa la reinstalación, se solicita el reconocimiento y pago de todos los beneficios, incrementos y demás derechos laborales que se otorguen durante la secuela del juicio. San Pedro Sula, Cortés, 28 de noviembre del año dos mil veintitrés. Licenciado: Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 7 D. 2023
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 7 D E D I C I E MBRE D E L 2023 N o . 36,403 Sección “B” Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTECIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 19 de septiembre del año 2023, compareció la señora DANIELA STEPHANIA GONZALES MIDENCE, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2023-01029, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, incoando demanda especial en materia de personal. Para que se declare no ser conforme a derecho y en su caso se anule un acto de carácter particular. Que se reconozca una situación juridica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser el reintegro a mi puesto, más pago de los salarios dejados de percibir, ajustes salariales y demás beneficios se otorgaran al personal durante el tiempo que se desarrolle el proceso, incluyendo los colaterales consistente en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que sea reintegrada a mi cargo, aumentos salariales que se devenguen, con especial condena en costas. Se acompañan documentos. Poder. En relación al Acuerdo de Cancelación No. Acuerdo de Cancelación No. 468- SRH-2023 de fecha 21 de agosto del año 2023. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 7 D. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTECIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (7) de abril de dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el señor JOSE ALEJANDRO AYALA MEZA, quien confirió poder a los Abogados JUAN ANGEL BENAVIDES PAZ y MARIA MARGARITA AGUILAR REDONDO, interponiendo demanda en materia de personal demanda con orden de ingreso 0801-2022-00213, J.5, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS (ADUANAS), para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, consistente en el acuerdo de cancelación número ADUANAS-DEGNGTH-025-2022 de fecha 23 de marzo del 2022, emitido por la Administración Aduanera de Honduras, por no haber sido dictado conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico establecido.- Que se declare la ilegalidad y su nulidad total.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o en mejores condiciones a las establecidas; pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en mi ausencia, desde la fecha de mi cancelación, hasta la fecha en que se materialice el reintegro a mi puesto de trabajo del cual fui cancelado sin causa justificada. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 7 D. 2023
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 7 D E D I C I E MBRE D E L 2023 N o . 36,403 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O