Aviso No. 0801-2025-00582 — Aviso de demanda contencioso-administrativa por JESSICA KARELIA REYES CRUZ contra Secretaría de Gobernación Justicia y Descentralización
Resumen
Jessica Karelia Reyes Cruz demanda al Estado hondureño a través de la Secretaría de Gobernación por cancelación ilegal de su empleo. Solicita que se declare nula la cancelación, se le reintegre al cargo con salarios adeudados y prestaciones laborales acumuladas. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo recibió la demanda el 15 de agosto de 2025.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la señora JESSICA KARELIA REYES CRUZ, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal con número de ingreso 0801-2025-00582, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, se interpone demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 317-2025 de fecha diez (10) de julio de veinte veinticinco (2025), de cancelación por cesantía emitido por la Secretaría de Gobernación Justicia y Descentralización, por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las misma, reintegro al cargo de Secretaria de Gobernación Justicia y Descentralización, a otro de igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada al cargo mediante sentencia definitiva procedente, reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto durante la secuela del juicio, más el pago de derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por conceptos de vacaciones.- Se acompañan documentos .- Se otorga poder.- HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 13 O. 2025