Aviso No. 0801-2025-00001 — Demanda de nulidad de acto administrativo por RAUL ORLANDO GONZALEZ COLINDRES contra Secretaría de Seguridad
Resumen
Estos avisos notifican demandas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo contra el Estado de Honduras por empleados públicos que fueron cancelados. Buscan anular las decisiones de despido, ser reintegrados a sus puestos y recibir los salarios no pagados durante su ausencia.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de enero del año dos mil veinticinco (2025), compareció a este el señor RAUL ORLANDO GONZALEZ COLINDRES, interponiendo demanda en materia Especial de Personal, con número de ingreso 0801-2025-00001, contra el ESTADO DE HONDURAS a través de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD, “Por el procedimiento especial en Materia de Personal, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado con infracción de ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene el reintegro al cargo que ocupaba su representado y el pago de los salarios dejados de percibir, su representado fue notificado del Acuerdo de Cancelación de manera extemporánea. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Condena en costas”. ABG. CINTHIA CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 24 F. 2025 _____________ _____________
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 24 D E FEBRERO D E L 2025 N o . 36,774 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de enero del año dos mil veinticuatro, compareció a este Juzgado la Abogada CINTHIA CONSUELO CRUZ FIGUEROA quien actúa en condición de representante procesal de la señora MARJORIE MICHELL FUNES IZAGUIRRE. Incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2024-00065, contra el Estado de Honduras a través del Instituto Nacional para la Atención de Menores Infractores.- "PARA DECLARAR LA NULIDAD DE UN ACTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA DE PERSONAL POR NO SER CONFORME A DERECHO AL INFRINGIR EL ORDENAMIENTO JURÍDICO, DICTADO PRESCINDIENDO TOTAL Y ABSOLUTAMENTE DEL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO.- QUE SE RECONOZCA UNA SITUACIÓN JURÍDICA INDIVIDUALIZADA DE LA TITULAR DE DERECHOS RECLAMADOS Y ADOPTAR COMO MEDIDAS NECESARIAS PARA EL PLENO RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS EL REINTEGRO AL CARGO MÉDICO GENERAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES (INAMI), A TÍTULO DE DAÑOS Y PERJUICIOS LOS SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR CON LOS REAJUSTES SALARIALES QUE ESTABLECE LA LEY DEL ESTATUTO DEL MÉDICO EMPLEADO DECIMOTERCERO, DECIMOCUARTO MES DE SALARIO, BONIFICACIÓN, HORAS EXTRAS ADEUDADAS, VACACIONES DESDE LA FECHA DE LA CANCELACIÓN ARBITRARIA HASTA EL REINTEGRO AL CARGO MEDIANTE SENTENCIA CONDENATORIA, RECONOCIÉNDOSE EL SALARIO MÍNIMO DEL MÉDICO EMPLEADO DE CONFORMIDAD CON LA LEY DEL ESTATUTO DEL MÉDICO EMPLEADO EN RELACIÓN CON LA LEY DE REORDENAMIENTO DEL SISTEMA RETRIBUTIVO DEL GOBIERNO CENTRAL Y LOS RESPECTIVOS INCREMENTOS SALARIALES QUE EN SU CASO TUVIERA EL PUESTO DEL CUAL FUE CANCELADA DURANTE LA SECUELA DEL JUICIO, ESPECIAL CONDENA EN COSTAS A LA PARTE DEMANDADA Y VENCIDA EN JUICIO SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.-PODER". .-En relación Notificación de Cancelación de fecha 22 de diciembre de 2023. VIKY MONTOYA SECRETARIA, POR LEY 24 F. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 06 de diciembre del año 2024, comparece el señor SAUL ANTONIO ZAMBRANO GUZMAN, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2024-00912, contra el Estado de Honduras a través Instituto de la Propiedad, se interpone demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico el Acuerdo de Cancelación Número CI-P-IP-468-2024 de fecha 15 de noviembre del año 2024, dictado por la Comisión Interventora del Instituto de la Propiedad.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de trabajo incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacación y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrado. Aumentos salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar.- Se acompañan documentos. Se acredita representación. Costas; en relación al Acuerdo número CI-P-IP-468-2024 de fecha 15 de noviembre del año 2024, dictado por la Comisión Interventora del Instituto de la Propiedad. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 24 F. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 24 D E FEBRERO D E L 2025 N o . 36,774 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dos (02) de agosto de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la señora ANDREA PAOLA FIALLOS FUNES, quien confirió poder al Abogado JUAN MANUEL BORJAS AVILA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801- 2022-00809, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación No.STSS-395-2022, de fecha 30 de junio de 2022, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, se declare la ilegalidad y su nulidad, se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto, se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser:
- A)
Reintegro en mi cargo; y,
- B)
Pago de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de mi cancelación, se acompañan documentos, petición, poder. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 24 F. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 06 de septiembre del 2024, compareció a éste por la ciudadana MELISA GISELLE CALIX CONTRERAS, en su condición personal, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ADUANAS-DE- GNGTH-115-2024 de fecha 13 de agosto del 2024, emitido por el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras y el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00675. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso
- C)
del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 24 F. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23 de septiembre del 2024, compareció ante este Juzgado por la ciudadana ALBA LUZ ZUNIGA RODRIGUEZ, en su condición personal, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en la RESOLUCIÓN SDN No.236-2024 de fecha 29 de agosto de 2024, emitida por el Estado de Honduras por actuaciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional y el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias como ser el pago a los derechos adquiridos, así como las prestaciones e indemnizaciones y gratificaciones, computados por 39 años, desde el 28 de febrero del año 1985 hasta el 15 de marzo del 2024, que se condene a pagar una indemnización a efecto de resarcir los daños y perjuicios ocasionados, más el pago de intereses legales computados por todo el tiempo que dure el proceso y las costas del juicio; contra el Estado de Honduras a través de Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso; No. 0801-2024-00727. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 24 F. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 24 D E FEBRERO D E L 2025 N o . 36,774 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO