Salud
Decreto Legislativo No. 288-2013 — Ley de Vacunas de la República de Honduras
Acuerdo Ministerial No. 3224 — Aprobación de la nueva categorización y tipificación de establecimientos de salud del primer nivel de atención
Ley de Fomento y Protección a la Lactancia Materna (5,9mb)
Esta ley protege y promueve la lactancia materna en Honduras estableciendo que los bebés deben recibir leche materna exclusiva hasta los 6 meses. Regula la venta de fórmulas infantiles, prohíbe publicidad engañosa sobre productos de alimentación para bebés, y obliga al personal de salud a capacitarse y apoyar a las madres. Crea la comisión CONALMA para coordinar estas políticas entre instituciones públicas.
Ley Renal (2,9mb)
Esta ley garantiza atención gratuita y especializada a pacientes con insuficiencia renal crónica en Honduras mediante un programa nacional coordinado por la Secretaría de Salud. Crea unidades de prevención, un consejo renal para vigilar políticas, y obliga al Estado a asignar presupuesto para diagnóstico, tratamiento, trasplantes y recuperación en establecimientos públicos y privados.
Ley Organica del Instituto Nacional del Diabetico
Esta ley crea el Instituto Nacional del Diabético (INADI) como una entidad pública con presupuesto propio para investigar, prevenir y tratar la diabetes en Honduras. El instituto brindará diagnóstico, tratamiento integral, educación preventiva y campañas de salud para reducir esta enfermedad que causa muchas muertes en el país.
Decreto Legislativo No. 144-2013 — Ley Orgánica del Instituto Nacional del Diabético
Resolución 332-2013 Comieco Aprobación de Anexos 1 y 2
Esta resolución aprueba dos reglamentos técnicos centroamericanos que establecen los requisitos obligatorios de etiquetado para bebidas alcohólicas fermentadas y destiladas en la región. Afecta a productores y distribuidores de bebidas alcohólicas, quienes deben cumplir con las nuevas normas a partir del 12 de junio de 2014. El propósito es estandarizar el etiquetado en Centroamérica para facilitar el comercio entre países.
Rtca 67.01.31.07 - Procedimiento Registro e Inscripción Sanitaria de Alimentos Procesados
Este reglamento establece el procedimiento para que los fabricantes e importadores obtengan el registro sanitario (autorización inicial) e inscripción sanitaria (autorización para comercializar productos ya registrados) de alimentos procesados en Centroamérica. Los interesados deben presentar solicitudes con datos de la empresa, fabricante y producto, licencias vigentes, etiquetas y certificados de libre venta, siendo válido el registro por 5 años.
Rtca 67.01.07.10 - Requisitos Etiquetado General Alimentos Preenvasados
Esta ley establece qué información deben mostrar las etiquetas de alimentos empaquetados vendidos en Centroamérica. Obliga a los fabricantes a incluir el nombre del producto, ingredientes, fecha de vencimiento, registro sanitario, país de origen y otras datos clave en español, para que los consumidores sepan qué compran y puedan consumir alimentos seguros.
Decreto Ejecutivo — Aprobación del Convenio Interinstitucional para la Asignación de la Dirección, Administración y Funcionamiento del Hospital-Escuela a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras
Acuerdo Ministerial No. 0251-2011 — Sistema Nacional de Calidad en Salud
Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional (2,2mb)
Esta ley crea un marco legal para garantizar que todos los hondureños tengan acceso a alimentos nutritivos en cantidad y calidad suficiente. Establece un Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional que coordina acciones entre gobierno, empresas y sociedad civil, priorizando a los grupos más vulnerables como niños y pobres.
Reforma art.21 Ley para Control del Tabaco
Esta ley obliga a los fabricantes e importadores de cigarrillos a imprimir advertencias sanitarias con imágenes en el 50% de ambas caras principales del empaque, con información sobre nicotina y alquitrán visible en los laterales. Las advertencias deben ocupar al menos el 25% del área, estar en español, ser claras y rotativas anualmente, imprimiéndose directamente en el paquete para proteger la salud pública de los consumidores.
Decreto Legislativo No. 25-2011 — Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional
Acuerdo 1567-2010 Reglamento para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos
Esta ley establece normas para que todos en Honduras manejen correctamente los residuos sólidos (basura) desde su generación hasta su disposición final. Afecta a municipalidades, empresas y ciudadanos, buscando proteger la salud y el ambiente mediante la reducción, reciclaje y tratamiento adecuado de desechos domésticos, comerciales, industriales y especiales.
Ley General de Fortificacion de Alimentos (0,8mb)
Esta ley obliga a empresas de alimentos a añadir nutrientes (vitaminas y minerales) a productos básicos como sal, azúcar y harina para combatir deficiencias nutricionales en la población hondureña. La Secretaría de Salud supervisa el cumplimiento y sanciona a quienes no cumplan con multas de 10 a 50 salarios mínimos.
Rtca 65.03.57.10 - Etiquetado de Plaguicidas
Este reglamento establece qué información obligatoria deben incluir las etiquetas de plaguicidas para uso doméstico y profesional vendidos en Centroamérica. Las etiquetas deben contener en español: nombre del producto, ingredientes activos, advertencias de seguridad, síntomas de intoxicación, primeros auxilios, instrucciones de uso y medidas ambientales. Afecta a fabricantes, formuladores e importadores de plaguicidas, asegurando que los consumidores tengan información clara para usar estos productos de forma segura.
Resolución 269-2011 sobre Reconocimientos Mutuos (comieco Lxi)
Esta resolución establece un procedimiento que permite a los países centroamericanos reconocer y aceptar los registros sanitarios de alimentos y bebidas procesados expedidos por otros países de la región, facilitando su comercialización sin necesidad de un nuevo registro. Beneficia a productores y empresas alimentarias que pueden vender sus productos en toda Centroamérica con un solo registro original, agilizando el comercio regional.
Reglamento Especial para el registro IHADFA distribuidores de aguardiente y licores
Reglamento Especial para el Registro Ihadfa Distribuidores de Aguardiente y Licores
Este reglamento establece normas para que los mayoristas, almacenistas y distribuidores de aguardiente y licores se registren ante el IHADFA (instituto de prevención del alcoholismo). Obliga a estos negocios a pagar los gastos de inspección y prohíbe vender bebidas alcohólicas a menores de edad o cerca de escuelas e iglesias.
Ley Especial para el Control del Tabaco
Esta ley regula la producción, venta, publicidad y consumo de productos de tabaco en Honduras. Prohíbe fumar en lugares públicos y privados, vender tabaco a menores de 21 años, hacer publicidad engañosa, y vender cigarrillos sueltos. Establece sanciones económicas y clausuras para quienes incumplan, y dedica fondos para programas de prevención y tratamiento del consumo de tabaco.
Ley del vaso de leche fortalecimiento a la merienda escolar
Esta ley obliga al Estado a proporcionar diariamente 200 mililitros de leche pura hondureña a niños de escuelas públicas durante 200 días de clases para combatir la desnutrición. Asigna L.150 millones anuales y crea una comisión coordinadora para comprar leche de productores nacionales a través de licitaciones públicas, apoyando así la economía rural.
Disposiciones que se aplicarán en el Area Geográfica con la Categoria Fitosanitaria de Area Libre
Este acuerdo establece medidas sanitarias para proteger a Honduras de la mosca del mediterráneo en zonas declaradas libres de esta plaga. Autoriza a inspectores agrícolas a revisar, fumigar, rechazar o destruir frutas y vegetales que representen riesgo, y prohíbe el ingreso de algunos productos mientras otros requieren fumigación previa. Afecta a productores, transportistas y comerciantes de frutas en todo el país.
Rtca 65.03.44.07 - Plaguicidas de Uso Domestico y Profesional
Este reglamento establece los requisitos que deben cumplir los plaguicidas de uso doméstico y profesional para ser registrados y comercializados en Centroamérica. Afecta a fabricantes, formuladores, importadores y distribuidores, quienes deben presentar documentación técnica, pruebas de seguridad, etiquetas y certificados ante la autoridad sanitaria correspondiente. El registro tiene validez de cinco años y puede renovarse o modificarse según cambios en el producto o fabricante.