VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 133-2017 | 29 de noviembre de 2017 | Poder Ejecutivo

Acuerdo Ministerial No. 133-2017 — Levantamiento de estabilización del precio de combustibles derivados del petróleo

Considerandos

  1. 1.Que el Decreto Legislativo No. 94 del 28 de abril de 1983, faculta al Poder Ejecutivo para revisar la estructura de los precios de los combustibles derivados del petr6leo, conforme a las variaciones de los mismos en el mercado intemacional y otras variables intemas y extemas, con el objeto de facilitar el suninistro, almacenamientoydistribuci6ndelosproductosderivados del petr6leo.
  2. 2.Que el Decreto Ejecutivo PCMJ)2-2007 de fecha 13 de enero del 2007, establece el Sistema de Precios Paridad de Importaci6n como el mecanismo auto- ndticoparadeterminarlospreciosdeveritaalconsumidor final de los combustibles derivados del petr6leo y en su ar- ticulo 10 autoriza a la Secretan'a de Industria y Comereio revisar y modificar cada rna de las variables del Sistema de Precios Paridad de Importaci6n cuando lo considere oportuno o conveniente.
  3. 3.Que mediante Decreto Ej ecutivo 30- REPUB CADE HONDURAS - M. D. C nacional, asi como vitales para el desarrollo econ6mico y social del pals.
  4. 4.Que es necesario ajustar el mecanismo de deteminaci6n de precios miximos de venta al consumidor final de los combustibles derivados del petr6leo con base en la realidad del mercado nacional e intemacional.

Articulos

Articulo 1

Levantar la estabilizaci6n del precio de los combustibles liquidos derivados del pefroleo, Gasolina Regular,Gasolina Superior,Di6selyKerosene,papaellola comisi6nAdministradoradelPetr6le o al aplicar el Sistema Precios Paridad de Importaci6n durante los calculos de las siguientes 6 seinanas a partir de la estructura del primero de enero de 2018, hera los ajustes necesarios en relaci6n al Margen del Mayorista y del Margen del Importador 29 DE DICIEMBRE DEL 2017 No. 34,529

Articulo 2

La Comisi6n Administradora del Petr6le determined la cantidad a ajustar del Margen del Mayoris y del Margen del Importador de manera semanal ( conformidad con la tendencia de los precios intemacionali de los combustibles.

Articulo 3

EI Presente Acuerdo entrat en vigenc a partir de su publicaci6n en el Diario Oficial "L GACETA". COMUNIQUESE Y PIJBLIQUHSE. ARNALD0 CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Econ6mico •Osri ABRAHAM HENRfQUE;z CASTRO Encargado Sec'retari'a General segrin Acuerdo Ministerial 124-2017 £a gaceta DiARIO OFroiAL DE LA flEpoBLicA DE HONDURAs DECANO DE LA PRENSA HONDUPIENA PARA MEJOPI SEGURIDAD DE SUS PUBLICAcloNES ABOG. CESAR AUGusro cACEREs CArro jonGE ALBERTO F`[cO sALINAs Coordl`nator y SupewisoT EMPRESA NACIONAL DE AfITES GRAFICAS E.N.A.a.

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