Acuerdo Ejecutivo No. 001-2015 — Convalidación de actos y delegación de funciones en materia de protección de derechos
Resumen
Este acuerdo autoriza y valida todas las decisiones tomadas por Nolvia Patricia Herrera como Gerente de Adopciones desde diciembre de 2014, y le delega oficialmente funciones para autorizar el ingreso y egreso de menores en centros de protección, firmar resoluciones y responder correspondencia. Busca agilizar las decisiones en protección de derechos de niños y niñas en Honduras.
Considerandos
- 1.Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.
- 2.Que por el principio de la desconcentración de los procesos decisorios, se entiende la transferencia de facultades de gestión y resolución hacia niveles de jerarquía inferior de las entidades públicas.
- 3.Que la Administración podrá convalidar los actos anulables subsanando los vicios de que adolezcan.
- 4.Que el acto de convalidación producirá efecto desde su fecha y si el vicio consistiera en la falta de alguna autorización podrán ser convalidados mediante el otorgamiento de la misma por el órgano competente.
- 5.Que el Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.
- 6.Que el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para éste, en materia procedimental. En los actos dictados por delegación, se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos, será imputable al órgano delegado.
Articulos
Articulo 1
Convalidar todos los actos y las actuaciones realizadas por la ciudadana NOLVIA PATRICIA HERRERA ESPINOZA, desde el día uno (01) de diciembre de dos mil catorce (2014) hasta la fecha del presente Acuerdo, en los actos y las actuaciones por ella suscritas en su condición de Gerente de Adopciones de esta Dirección y que por disposición legal o reglamentaria debieron suscribirse por la Titular de este órgano.
Articulo 2
Delegar en la ciudadana NOLVIA PATRICIA HERRERA, GERENTE DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, las funciones de:
- a)
Coordinar de manera general el ingreso y egreso de niños, niñas y adolescentes a los diferentes Centros de Atención de Protección de Derechos y autorizar su estadía temporal en los mismos;
- b)
Suscripción de providencias, comunicaciones y resoluciones para el retiro de niños, niñas de los diferentes centros hospitalarios; y,
- c)
Evacuar de correspondencia y peticiones recibida por la Fiscalía Especial de la Niñez y de dependencias de la Administración Pública y del Poder Judicial.
Articulo 3
La delegada será responsable del ejercicio de la función delegada.
Articulo 4
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá de publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. LOLIS MARÍA SALAS MONTES DIRECTORA EJECUTIVA ADAN FLAUBERT RODRIGUEZ SIERRA SECRETARIO GENERAL _______ SEDIS - Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia DINAF