Edicto No. 0801-2025-00336 — Demanda contenciosa administrativa en materia de personal contra Instituto de Migración
Resumen
Una mujer demanda al Instituto de Migración por haber sido cancelada ilegalmente de su trabajo el 25 de abril de 2025. Busca que declare nula esa cancelación, ser reintegrada a su puesto, recibir los salarios no pagados y se respete su antigüedad laboral. El juzgado de lo contencioso administrativo recibe la demanda para resolver si el Instituto actuó legalmente.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado PATRICK PAMILO RIVERA VALLADARES, en su condición de Representante Procesal de la señora KENIA JADIRA CRUZ CRUZ, incoando Demanda Contenciosa Administrativa con orden de ingreso 0801-2025-00336, vía procedimiento en materia personal, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE MIGRACIÓN, para la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en un acto tácito de cancelación de fecha 25 de abril de 2025. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo del cual fue ilegalmente cancelada o a uno de mejor categoría. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia del acto impugnado hasta que sea reintegrada al cargo con absoluto respeto a su antigüedad en el cargo y demás derechos correspondientes. Así como el reconocimiento de la antigüedad desde la fecha en que su relación inicio por contrato hasta la fecha en que quede firme la sentencia. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros originales e inclusive el Acuerdo de Cancelación. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 8 A. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 8 D E A G O STO D E L 2025 N o . 36,911 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO