Edicto No. 0801-2025-00558 — Demanda Especial en Materia de Personal de Eileen Fabiola Velásquez Cruz contra IHTT
Resumen
Una trabajadora demanda al Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT) para anular su despido y obtener el pago de todos sus salarios, prestaciones, bonificaciones y contribuciones de pensión desde que fue cancelada. El juzgado de lo contencioso administrativo recibe esta demanda laboral para determinar si el despido fue legal y ordenar la indemnización correspondiente.
Texto completo
Que en fecha siete (07) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Eileen Fabiola Velásquez Cruz, con orden de ingreso número 0801-2025-00558, contra el Estado de Honduras a través del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT), incoando demanda Especial en Materia de Personal para que se declare no ser conforme a derecho y en su caso se declare la nulidad de un acto de carácter particular. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser el pago de prestaciones e indemnizaciones laborales, más el pago de salarios caídos, décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que quede firme la sentencia, que se asuma la cuota correspondiente al Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT) en lo referente al pago en el Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), con especial condena en costas. Se acompañan documentos. Poder. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 20 M. 2026.
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 20 D E MARZO D E L 2026 N o . 37,099 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: