Aviso No. 0801-2025-00175 — Aviso de demanda contenciosa administrativa - Enma Sarahy Pineda Cruz, Dinora Guadalupe Martínez Vaquedano y Zamir Fernando Roque Martínez
Resumen
Tres mujeres demandaron al Estado de Honduras (IHTT) para anular sus despidos de marzo-abril 2023, pidiendo volver al trabajo y recibir salarios no pagados, prestaciones y daños. El juzgado notifica públicamente sobre este proceso contencioso administrativo contra actos que consideran ilegales e injustificados.
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de abril del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este juzgado el Abogado JORGE ALBERTO TAYLOR SANTOS, en su condición de Apoderado Legal de las señoras BETY MARICRUZ IRIAS CASTRO, MELIDA DEL CARMEN MATAMOROS MOLINA y BIANCA ZARA AROCA GUILLEN, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-00555, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT), demanda contenciosa administrativa de carácter particular en materia de personal, que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo consistente en las acciones de cancelación por despido número 752, de fecha 31de marzo del año 2023, 745, de fecha 30 de marzo del año 2023, 750, de fecha 10 de abril del año 2023, emitidas por el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT), por no ser conforme a derecho, infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de la situación jurídica individualizada.- Que se ordene el reintegro a sus puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios los pagos de salarios dejados de percibir y demás derecho laborales como ser incremento salariales que se den en ausencia de la afectada a partir de la fecha de la cancelación de la acción de nombramiento hasta que exista sentencia firme derivada de la presente demanda, más el pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes.- Se alega notificación defectuosa. Que se arrastre expediente administrativo. - Costa del juicio. - Más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras.- Se acompañan documentos. Karina Elizabeth Galvez SECRETARIA(O) 2 J. 2025 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO