Vigente
8 de octubre de 2025 | La Gaceta No. 36,961

Acuerdo — Normas relativas a la pesca comercial en Zona de Desarrollo Económico

Texto completo

6. Normas relativas a la pesca comercial 6.1 Se permite el uso de atarraya para uso exclusivo de carnada, pesca apnea, línea y anzuelo. 6.2 No se permite la pesca con arpón, trampas de peces y nasas, palangre, trasmallo, chinchorro, químicos, explosivos o choques eléctricos. 6.3 No se permite la pesca de organismos herbívoros de arrecife, la extracción de langosta y caracol y la pesca en sitios de agregación reproductiva de meros y pargos. 6.4 Queda prohibida la pesca mediante la modalidad de buceo libre, con tanque, pulmón o manguera (hookah fishing). 6.5 Queda prohibida la pesca industrial en todas sus modalidades.

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